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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236324
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Segunda Parte; Pág. 45

COMPETENCIA POR DECLINATORIA REQUISITADA DEBIDAMENTE. OMISION DE LA OPINION DEL MINISTERIO PUBLICO.

[J]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Segunda Parte; Pág. 45

Precedentes

Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 45, página 17. Competencia 37/71. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Jalisco y Sexto de lo Criminal de la ciudad de Guadalajara de la citada entidad federativa. 22 de septiembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Volumen 47, página 15. Competencia 38/72. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Tamaulipas y Mixto de Primera Instancia del 9o. Distrito Judicial de Xicoténcatl, de la citada entidad federativa. 9 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Volumen 47, página 15. Competencia 46/72. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de Jalisco y Primero de Primera Instancia de Ciudad Guzmán de la citada entidad federativa. 9 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Volumen 47, página 15. Competencia 87/71. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Estado de Sonora y de Primera Instancia de la ciudad de Ures, de la citada entidad federativa. 9 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Volumen 47, página 15. Competencia 36/72. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Istmo de Tehuantepec con residencia en Salina Cruz, Estado de Oaxaca, y Mixto de Primera Instancia de Tehuantepec de la citada entidad federativa. 13 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Registro digital (IUS): 236324