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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236325
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Segunda Parte; Pág. 46

CONSPIRACION, DELITO DE, NO CONFIGURADO.

[J]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Segunda Parte; Pág. 46

Precedentes

Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 36, página 15. Amparo directo 1434/69. Antonio Blanco González y Paul Pérez Cortés. 1o. de diciembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 43, página 15. Amparo directo 527/70. Ramón Vargas Salguero y coagraviada. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 43, página 15. Amparo directo 536/70. Genaro Jonguitud Lara. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 43, página 15. Amparo directo 538/70. Oscar José Fernández Bruno. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 43, página 15. Amparo directo 2108/70. Leocadio Francisco Zapata Múzquiz. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 74, página 171, de rubro "CONSPIRACION, DELITO DE, NO CONFIGURADO.".
Registro digital (IUS): 236325