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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236362
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Segunda Parte; Pág. 44
SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Segunda Parte; Pág. 44
Es verdad que, tratándose de un solo delito contra la salud, es por tanto inaplicable el dispositivo que fija sanción especial para la tentativa, pero también no es menos cierto que si las modalidades del delito contra la salud son las que tienden a agravar la pena, al estimarse una modalidad del referido ilícito en grado de tentativa, en lugar del delito consumado, opera la aplicación de una pena menos severa.
Precedentes
Amparo directo 1343/72. Oscar Javier Lezama Gameros. 30 de noviembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.