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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Segunda Parte; Pág. 45
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION Y POSESION NO CONFIGURADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Segunda Parte; Pág. 45
Si el acusado sólo poseyó la droga lo necesario para su transportación, pues desde que la compró la metió al vehículo donde se le recogió, no realizó una posesión diversa a la que era indispensable para la transportación, quedando subsumida la posesión en la modalidad de transportación.
Precedentes
Amparo directo 3399/72. Rubén García Oliva. 23 de noviembre de 1972. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ezequiel Burguete Farrera y Mario G. Rebolledo F. Ponente: Manuel Rivera Silva.