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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 46, Segunda Parte; Pág. 27
IMPRUDENCIA, MAYOR O MENOR GRAVEDAD DE LA. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 46, Segunda Parte; Pág. 27
La mayor o menor gravedad de la imprudencia es factor básico para individualizar la pena que se aplique a los responsables de los delitos culposos; así, si en la sentencia no se determina dicha mayor o menor gravedad de la imprudencia y no se toma en consideración para individualizar la sanción, ello resulta violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo directo 1690/70. Emilio Palacios Mijangos. 18 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.