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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 46, Segunda Parte; Pág. 39
REINCIDENCIA, REQUISITOS PARA LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 46, Segunda Parte; Pág. 39
Para que exista reincidencia, es necesaria la concurrencia de los siguientes requisitos: 1o. Condena ejecutoria previa dictada en la República o en el extranjero. 2o. Cumplimiento o indulto de la sanción impuesta y 3o. Que la última infracción se consume dentro de un plazo igual al de la prescripción de la pena impuesta antes, contado desde el cumplimiento o el indulto de la misma.
Precedentes
Amparo directo 3635/72. Jorge Rivera Jiménez. 27 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.