Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236393
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 46, Segunda Parte; Pág. 41
SALUD, DELITO CONTRA LA. EXIMENTE DE TOXICOMANIA INOPERANTE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 46, Segunda Parte; Pág. 41
No es posible establecer absoluta impunidad para el toxicómano que posee para sí cualquier cantidad, en forma ilimitada, de drogas enervantes, ya que en estas condiciones surge plenamente el peligro social que entraña esa posesión, injustificada para el estado de necesidad del vicioso, pues ello propiciaría a que no tuviera impedimento alguno para la posesión ilimitada.
Precedentes
Amparo directo 3135/72. Antonio Macías Olivares. 27 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.