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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Segunda Parte; Pág. 52
PRISION, REDUCCION DE LA PENA DE (ARTICULO 81 DEL CODIGO PENAL FEDERAL).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Segunda Parte; Pág. 52
El artículo 81, reformado, del Código Penal Federal establece el beneficio de la remisión parcial de la condena impuesta al reo, consistente en que por cada dos días de trabajo deberá descontarse uno de prisión; en tal virtud es procedente conceder la protección de la Justicia Federal si en la sentencia se omitió la declaración correspondiente al beneficio de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 2141/72. Albert Norman Ames. 17 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 37, página 30. Amparo directo 3995/71. Lázaro González Elizondo. 31 de enero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.