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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236460
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Segunda Parte; Pág. 61
SALUD, DELITO CONTRA LA, UNIDAD DEL, Y TRASCENDENCIA DE LAS MODALIDADES QUE SE COMETAN PARA LA FIJACION DE LA PENA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Segunda Parte; Pág. 61
Aun cuando las modalidades bajo las que se cometa el delito contra la salud se encuentren previstas en un solo tipo, lo cierto es que el número de modalidades realizadas sí tiene trascendencia para la cuantificación de la pena, pues es evidente que denota más peligrosidad quien interviene en varias operaciones que quien realiza una sola con estupefacientes.
Precedentes
Amparo directo 1787/72. Emilia González Márquez. 30 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 30, página 19. Amparo directo 5631/70. Demetrio Taye Basto. 3 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen 20, página 37. Amparo directo 6063/69. Juan Reséndez Rodríguez. 10 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Volumen 16, página 21. Amparo directo 3255/69. Juana González Vargas. 13 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen 10, página 27. Amparo directo 3468/69. Amable Poot Zumárraga. 13 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen CXXI, página 21. Amparo directo 4204/66. Miguel Mata Chávez. 12 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 35, página 55, bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD, UNIDAD DEL.".
Volumen 30, página 22, bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD, UNIDAD DEL, Y PENA APLICABLE EN CASO DE COMISION DE VARIAS MODALIDADES PREVISTAS EN DIVERSOS PRECEPTOS.".
Nota:
Volumen 30, página 19 y Volumen CXXI, página 21, bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. CONSTITUYE UN SOLO DELITO A PESAR DE QUE SE COMETAN VARIAS DE SUS MODALIDADES (LEGISLACION FEDERAL).".
En el Volumen 20, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. CONSTITUYE UN SOLO DELITO, A PESAR DE QUE SE COMETAN VARIAS DE SUS MODALIDADES.".
En el Volumen 16, página 21, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. CONSTITUYE UNA SOLA INFRACCION, A PESAR DE QUE SE COMETAN VARIAS DE SUS MODALIDADES.".
En el Volumen 10, página 27, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD; MODALIDADES EN RELACION CON LA PENA.".