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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Segunda Parte; Pág. 63
TESTIGOS DE COARTADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Segunda Parte; Pág. 63
Tratándose de testigos de coartada, para que sean tomadas en cuenta sus declaraciones, deben de manifestar de momento a momento la conducta desplegada por la persona imputada en el hecho delictuoso, pues si no aparece así, pudiera darse el caso de que tal imputado aprovechara el momento no cubierto por los testimonios para cometer el delito.
Precedentes
Amparo directo 1604/72. Manuel Armenta Soto. 4 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.