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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236473
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Segunda Parte; Pág. 23

LIBERTAD CAUCIONAL EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Segunda Parte; Pág. 23

Precedentes

Queja 40/72. Juvencio Ocampo Morán. 7 de julio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 178, página 351, bajo el rubro "LIBERTAD CAUCIONAL EN AMPARO DIRECTO.".
Registro digital (IUS): 236473