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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236487
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Segunda Parte; Pág. 15
COMPETENCIA POR DECLINATORIA HECHA VALER EN SEGUNDA INSTANCIA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Segunda Parte; Pág. 15
Tratándose de la oportunidad procesal para hacer valer la incompetencia por declinatoria en materia penal, en segunda instancia si se puede hacer valer, en razón de que el procedimiento sigue abierto y el tribunal de alzada tiene obligación de declararse incompetente si lo estima procedente, pues es bien sabido que el proceso termina hasta que cause ejecutoria la sentencia dictada en segunda instancia.
Precedentes
Competencia 86/70. Manuel Torres Angulo y otros. 7 de junio de 1972. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Abel Huitrón y A.