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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Segunda Parte; Pág. 44
SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION NO CONFIGURADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Segunda Parte; Pág. 44
Se integrarán las modalidades de siembra y cultivo, pero no se actualiza la hipótesis delictiva de posesión de plantas de estupefacientes, si lo que se localizó fue un plantío de marihuana, esto es, especies vegetales de esa naturaleza, cuando todavía se encontraban adheridas al suelo, porque para que esta modalidad adquiriera vida jurídica se requería que hubiese sido encontrada la marihuana ya separada del suelo.
Precedentes
Amparo directo 478/72. Enrique Arce Franco. 14 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.