Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236509
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 41, Segunda Parte; Pág. 16
CORRUPCION DE MENORES (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 41, Segunda Parte; Pág. 16
El delito de corrupción de menores que prevé el artículo 181 del Código Penal en vigor en el Estado de Coahuila, se acredita si el inculpado comete actos induciendo al menor a prácticas lujuriosas, prematuras y depravantes, tendientes a consumar actos de perversión sexual, afectándose la esfera de la honestidad y de la moralidad del menor bienes jurídicos que son los que tutela la norma que comprende el tipo delictivo de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 5593/71. Lázaro Gerardo Márquez Hernández. 3 de mayo de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.