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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236520
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Segunda Parte; Pág. 26

CONSPIRACION, MOMENTO EN QUE SE CONSUMA EL DELITO DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Segunda Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 2953/70. Pedro Uranga Rohana y otros. 14 de abril de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 39, página 29. Amparo directo 690/70. Raúl Alvarez y otros. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 39, página 29. Amparo directo 688/70. Víctor Rico Galán y otros. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 39, página 29. Amparo directo 686/70. Gilberto Balam Pereira y otros. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 39, página 29. Amparo directo 684/70. Raúl Prado Bayardi y otros. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 39, página 29. Amparo directo 364/70. Guadalupe Otero Medina. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 48, Segunda Parte, página 47 y en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Primera Parte, tesis 109, página 62.
Registro digital (IUS): 236520