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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Segunda Parte; Pág. 69
MARIHUANA, POSESION DE, VINCULADA AL MEDIO RURAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Segunda Parte; Pág. 69
La posesión de marihuana a que se refiere el artículo 194 del Código Penal Federal se relaciona con el medio rural y el proceso de producción de la marihuana, de ahí su menor sanción al considerarse que los activos son generalmente campesinos utilizados por los verdaderos traficantes en sus ilícitas actividades.
Precedentes
Amparo directo 4549/71. Carlos Silva Santillán. 10 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 32, página 47, tesis de rubro "MARIHUANA, POSESION DE.".
Volumen 30, página 38, tesis de rubro "MARIHUANA, MODALIDADES RURALES DE LOS DELITOS EN RELACION CON LA.".
Volumen 25, página 35, tesis de rubro "MARIGUANA; POSESION DERIVADA DE LA SIEMBRA, COSECHA O CULTIVO (APLICACION DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL).".
Volumen 22, página 17, tesis de rubro "DELITO CONTRA LA SALUD (MARIHUANA) SANCION APLICABLE EN EL DELITO DE POSESION DE (LEGISLACION PENAL FEDERAL).".