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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Segunda Parte; Pág. 71
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Segunda Parte; Pág. 71
El término medio aritmético a que alude el artículo 120 del Código Penal del Estado de Jalisco, es el deducible de la individualización legal correspondiente a las entidades delictivas consumadas, pero sin modalidades.
Precedentes
Amparo directo 5433/71. Ramón Ventura Trigueros. 23 de marzo de 1972. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mario G. Rebolledo y Abel Huitrón y A. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, tesis 7 y relacionadas, páginas 28 a 31.