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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236584
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Segunda Parte; Pág. 19

DEFENSOR DE OFICIO, INACTIVIDAD DEL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Segunda Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 5099/71. Raymundo Aguirre Briceño. 21 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 37, página 21. Amparo directo 1456/69. José Guadalupe Excahua. 24 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen 37, página 21, la tesis aparece bajo el rubro "DEFENSORES, INADECUADA ACTITUD DE LOS, NO CORREGIBLE EN AMPARO.".
Registro digital (IUS): 236584