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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236615
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Segunda Parte; Pág. 23
IMPRUDENCIA, DELITOS POR. CONCURRENCIA DE CULPAS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Segunda Parte; Pág. 23
En materia penal no existe la compensación de culpas, razón por la que si una persona se atraviesa imprudentemente al paso de un vehículo, y al conductor de éste lo va guiando sin las medidas necesarias de precaución, la imprudencia de aquél no favorece en ninguna forma al conductor.
Precedentes
Amparo directo 4503/71. Enrique Albornoz Martín. 27 de enero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.