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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236623
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Segunda Parte; Pág. 29
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. DELINCUENTES PRIMARIOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Segunda Parte; Pág. 29
No necesariamente la falta de antecedentes obliga a imponer una pena que no exceda del término medio aritmético, ya que pueden existir casos en los que el activo demuestre un alto grado de peligrosidad que haga procedente imponer una pena mayor, congruente a la alta peligrosidad denotada por el acusado y derivada de la forma en que se hayan desarrollado los acontecimientos.
Precedentes
Amparo directo 3403/71. Juan Vela Hernández. 7 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.