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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Segunda Parte; Pág. 64
MARIHUANA, IDENTIFICACION DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Segunda Parte; Pág. 64
Tratándose de marihuana, dadas las características de esa planta, como es su apariencia y olor tan peculiares, la hacen fehaciente distinguirse de otros vegetales; por lo que resulta, que si el Ministerio Público da fe de la droga materia del delito establecido que se trata de la citada, es irrelevante que no se haya verificado análisis de la droga en el término de la consignación.
Precedentes
Amparo directo 2817/71. Jorge Antonio Andrade Soto. 19 de noviembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.