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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236685
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Segunda Parte; Pág. 21

CHEQUES SIN FONDOS, PERSONAS MORALES CUYOS REPRESENTANTES LIBRAN.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Segunda Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 5680/70. Joaquín Díaz Cid. 14 de octubre de 1971. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Abel Huitrón y A. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 32, página 30. Amparo directo 1662/71. Guillermo Segura Jaimes. 4 de agosto de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "CHEQUES SIN FONDOS LIBRAMIENTO DE.".
Registro digital (IUS): 236685