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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Segunda Parte; Pág. 27
GANADO, ROBO DE, Y NO ENCUBRIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Segunda Parte; Pág. 27
El delito de encubrimiento que reglamenta el artículo 381 del Código Penal del Estado de Chihuahua, requiere, para la existencia de ese ilícito, un acuerdo posterior al hecho criminoso, entre el delincuente y el que le encubre; lo cual no ocurre en un caso en el que haya habido diversas operaciones de compra de ganado robado entre el acusado y los vendedores después de que acordaron desde la compra de la primera cabeza de ganado sobre el precio y la forma de cómo iba a recibir cada una de las reses dicho acusado.
Precedentes
Amparo directo 2908/71. Ramón López García. 29 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.