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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Segunda Parte; Pág. 31
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. ESTUDIOS MEDICOS Y PSICOPEDAGOGICOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 34, Segunda Parte; Pág. 31
La finalidad de los estudios médicos y psicopedagógicos que deben practicarse a los delincuentes es la de averiguar la influencia que pudieran tener en el acto criminoso, su instrucción, carácter, temperamento y cualesquiera insuficiencia o alteraciones morbosas que padezcan, para la aplicación correcta de la pena y la determinación de medidas profilácticas para su readaptación a la sociedad. De donde resulta que si en un caso se aplicó al acusado la pena mínima y se ordenó su sometimiento durante la prisión a "un régimen de trabajo e instrucción consecuente con sus facultades físicas y mentales" que lleva imbíbita la practica de los referidos estudios durante el cautiverio, la falta de práctica de los mismos previa a la sentencia, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo directo 5809/70. Ignacio Aguirre Gama. 29 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.