Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236706
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236706
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Segunda Parte; Pág. 17

DELITO CONTRA LA SALUD, MULTA NO EXCESIVA TRATANDOSE DEL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Segunda Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo 2313/71. Humberto Zambrano Navidad. 30 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD, MULTA NO EXCESIVA EN EL.".
Registro digital (IUS): 236706