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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 32, Segunda Parte; Pág. 45
LEGITIMA DEFENSA Y CASO FORTUITO, EXIMENTES DE. SE EXCLUYEN.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 32, Segunda Parte; Pág. 45
Las eximentes de responsabilidad de legítima defensa y de caso fortuito se excluyen, ya que en la primera existe intención de repeler la agresión en la conducta del reo y en la segunda aquélla es ayuna al igual que la culpa en el actuar del agente.
Precedentes
Amparo directo 1652/71. Francisco Niño Herrera. 4 de agosto de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.