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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 13
ABANDONO DE SERVICIO, DELITO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 13
No es relevante para la consumación del delito de abandono de servicio, la circunstancia de que el inculpado haya actuado el día de los hechos como simple soldado o cabo habilitado, puesto que para la configuración del ilícito basta el abandono que hace el sujeto activo del lugar o punto en que debe permanecer por mandato legal o por orden superior.
Precedentes
Amparo directo 4166/70. Santana Rodríguez Martínez. 5 de julio de 1971. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.