Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236751
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 13
ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 13
Aun cuando la actuación del Ministerio Público mediante el inicio de la averiguación hasta el ejercicio de la acción penal y la consignación, haya interrumpido la prescripción de la acción penal en un caso, si entre la fecha en que se radicó la causa en el juzgado del conocimiento y aquélla en que se libró la orden de aprehensión transcurrió un plazo mayor al señalado en el artículo 105 del Código Penal, en el supuesto de que éste sea el aplicable debe estimarse que ha operado la prescripción de la acción penal relativa.
Precedentes
Amparo directo 5539/70. José Gerardo Manzo Islas. 26 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.