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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236761
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 23
IMPRUDENCIA, DELITOS DE. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 23
Para la individualización de la pena en los delitos de imprudencia, no solo se debe calificar la peligrosidad del inculpado, sino también atenderse a la mayor o menor gravedad de la imprudencia.
Precedentes
Amparo directo 5483/70. Héctor Manríquez Rangel. 26 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, tesis 147, página 291, bajo el rubro "IMPRUDENCIA, DELITOS POR. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA.".