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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 27
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. ANTECEDENTES PENALES NO CONFIGURADOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 27
No puede considerarse antecedente penal la diversa causa posterior a la originadora del juicio de amparo que además de ser posterior, se encuentre en estado de averiguación, para efectos de fijar la temibilidad del reo.
Precedentes
Amparo directo 5623/70 Jorge Angeles Jiménez. 29 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "ANTECEDENTES PENALES.".