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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 28
PENA MINIMA QUE NO VIOLA GARANTIAS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Segunda Parte; Pág. 28
No se violan garantías individuales cuando el juzgador impone la pena mínima al sentenciado, sin atender al completo análisis de las circunstancias legales exigibles para la individualización de la sanción.
Precedentes
Amparo directo 1728/71. Sabino Sandoval Flores. 26 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, tesis 212, página 421, bajo el rubro "PENA MINIMA QUE NO VIOLA GARANTIAS.".
Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "PENA MINIMA QUE NO VIOLA GARANTIAS INDIVIDUALES.".