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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Segunda Parte; Pág. 17
CHEQUES SIN FONDOS, EXCEPCIONES DE CARACTER MERCANTIL NO OPONIBLES EN CASO DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Segunda Parte; Pág. 17
Las excepciones que de acuerdo con el artículo 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, pueden oponerse contra las acciones derivadas de un título de crédito, entre las que se cuenta la relativa a la omisión de los requisitos y menciones que tal título debe contener, debe decirse que sólo operan contra las acciones de naturaleza mercantil, pero no tienen relación con las de naturaleza esencialmente penal derivadas del artículo 193 de la ley citada.
Precedentes
Amparo directo 6030/70. Gabriel Rodolfo Castañeda Ramírez. 4 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.