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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Segunda Parte; Pág. 38
MARIHUANA, MODALIDADES RURALES DE LOS DELITOS EN RELACION CON LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Segunda Parte; Pág. 38
Es de aplicarse el artículo 194 del Código Penal Federal en los casos en que los imputados siembren, cultiven, cosechen o posean marihuana, siempre que el proceso de esas modalidades se realice en el campo.
Precedentes
Amparo directo 744/71. Raymundo Acosta Escotto. 16 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.