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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236813
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Segunda Parte; Pág. 35

QUERELLA NO LEGITIMADA. SOCIEDADES DE CREDITO EJIDAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Segunda Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 3319/70. Santiago Rodríguez López. 10 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "ABUSO DE CONFIANZA. QUERELLA NO LEGITIMADA.".
Registro digital (IUS): 236813