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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Segunda Parte; Pág. 35
MARIGUANA; POSESION DERIVADA DE LA SIEMBRA, COSECHA O CULTIVO (APLICACION DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Segunda Parte; Pág. 35
El artículo 194 del Código Penal Federal es aplicable cuando llegue a demostrarse en autos que la posesión de la mariguana por parte del inculpado es consecuencia de siembra, cosecha o cultivo, no suscitándose tal aplicación cuando dicha posesión no deriva de esos actos.
Precedentes
Amparo directo 135/70. Atilano Portillo Acosta, Anastasio Ríos Gutiérrez y Fausto Puente López. 28 de enero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.