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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Segunda Parte; Pág. 37
PERITAJES RECLAMADOS EN EL AMPARO, NO IMPUGNADOS ANTE EL JUEZ NATURAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Segunda Parte; Pág. 37
Es improcedente el concepto de violación constitucional por irregularidades sustantivas o adjetivas del dictamen pericial valorado en sentencia reclamada, si dicho peritaje no fue legal y oportunamente impugnado ante el Juez natural.
Precedentes
Amparo directo 2170/70. Sabás Araujo García. 22 de enero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.