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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236841
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 23, Segunda Parte; Pág. 37

USO DE DOCUMENTO FALSO, DELITO DE. NO PUEDE COEXISTIR CON EL DE FRAUDE Y FALSIFICACION DE DOCUMENTOS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 23, Segunda Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 6161/69. Abel Armando Calderón Vital. 4 de noviembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: José de la Peña. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "USO DE DOCUMENTO FALSO, DELITO DE. NO PUEDE COEXISTIR CON EL DE FRAUDE Y FALSIFICACION DE DOCUMENTOS. LEGISLACION FEDERAL.".
Registro digital (IUS): 236841