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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 23, Segunda Parte; Pág. 39
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 23, Segunda Parte; Pág. 39
Para la existencia de la calificativa de ventaja, no se requiere acuerdo previo entre los acusados, toda vez que puede existir cuando sólo uno es el inculpado, con la circunstancia de que ventaja se da en un momento determinado y sin que sea necesario para su configuración que se proyecte o planee con anterioridad al hecho.
Precedentes
Amparo directo 3215/70. Silvino Noriega Reyes. 19 de noviembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.