Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236870
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236870
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Segunda Parte; Pág. 36

DELITO CONTRA LA SALUD. COMPETENCIA CUANDO LAS MODALIDADES DEL MISMO SE REALIZAN EN LA JURISDICCION DE DIVERSOS JUECES DE DISTRITO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Segunda Parte; Pág. 36

Precedentes

Competencia penal 43/70. Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz y Primero de Distrito del Estado de Tamaulipas. José Luis Rivera Prado. 17 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA, TRATANDOSE DEL DELITO CONTRA LA SALUD, CUANDO LAS MODALIDADES DEL MISMO, SE REALIZAN EN LA JURISDICCION DE DIVERSOS JUECES DE DISTRITO.".
Registro digital (IUS): 236870