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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Segunda Parte; Pág. 45
RIÑA. REQUIERE UN ELEMENTO OBJETIVO DE CONTIENDA Y UNO SUBJETIVO DE ACEPTACION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 20, Segunda Parte; Pág. 45
Si el ofendido no realizó un cambio de violencia física con el inculpado y tampoco aceptó realizar una contienda de obra con éste, no se reúnen los elementos de la riña, pero aun en la hipótesis de la contienda, no operaría la modificativa por faltar en el pasivo el elemento subjetivo de aquélla.
Precedentes
Amparo directo 6277/69. Enrique García García. 17 de agosto de 1970. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Fernando Labardini Méndez.