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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236891
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Segunda Parte; Pág. 15

CHEQUES SIN FONDOS EN GARANTIA, PRESUNCION DEL DOLO EN LOS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Segunda Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 174/70. Abel Medina de Luna. 19 de junio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: Fernando Curiel Defosse. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "DOLO, PRUEBA DEL. DELITO PREVISTO EN EL ARTICULO 193 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO.".
Registro digital (IUS): 236891