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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 16, Segunda Parte; Pág. 13
ARMAS DE FUEGO. PERITAJES POR MEDICOS LEGISTAS INOPERANTES EN CASO DE HOMICIDIO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 16, Segunda Parte; Pág. 13
Si la sentencia que se impugna se basa en la opinión de los médicos legistas para condenar al reo por homicidio ocasionado por arma de fuego, éstos no son propiamente los indicados para determinar la verdadera mecánica de los hechos en cuanto al disparo, toda vez que dicha opinión requiere de peritos en balística.
Precedentes
Amparo directo 5199/69. Leocadio Orozco Martínez. 15 de abril de 1970. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.