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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236912
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Segunda Parte; Pág. 13

ALEVOSIA POR SORPRESA INTENCIONAL DE IMPROVISO, INEXISTENCIA DE LA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 3100/69. Rodrigo Fierro Cruz. 4 de marzo de 1970. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 12, página 27. Amparo directo 992/67. Javier Gómez Noriega. 9 de septiembre de 1968. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 12, página 27. Amparo directo 5220/66. David Alvarez del Castillo. 9 de septiembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.
Registro digital (IUS): 236912