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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236928
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Segunda Parte; Pág. 45
TRAICION, INEXISTENCIA DE LA CALIFICATIVA DE (NEXO INSPIRADOR DE CONFIANZA).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 14, Segunda Parte; Pág. 45
La relación de confianza que se quebranta por el delincuente cuando obra con traición, es la que existe directamente entre los agentes del delito, y nunca la establecida con un tercero, aunque se trate de la concubina del inculpado madre del pasivo, que al ser muerto tenía dieciocho meses de edad. Por otra parte se requiere para que opere la calificativa de traición, tener capacidad del pasivo para entender y mantener el nexo inspirador de confianza, el que no es posible concebir, cuando la víctima tenía tan corta edad.
Precedentes
Amparo directo 4129/69. Rosendo Matus Herrera. 25 de febrero de 1970. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Abelardo Baca Martínez.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "CALIFICATIVA DE TRAICION. NEXO INSPIRADOR DE CONFIANZA.".