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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Segunda Parte; Pág. 23
PERITOS, SISTEMA QUE DEBEN SEGUIR LOS, PARA HACER LOS AVALUOS EN EL DELITO DE ROBO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 12, Segunda Parte; Pág. 23
Si en un caso los peritos rinden su avalúo de la cosa robada atendiendo al valor comercial y no al intrínseco, violan las garantías del inculpado, pues dichos avalúos deben atender únicamente el valor intrínseco, con total abstracción del precio que esa materia, ya procesada y puesta en los lugares de consumo, pueda tener comercialmente por las leyes de la oferta y la demanda.
Precedentes
Amparo directo 3370/69. Severiano Martínez Hernández y coagraviados. 4 de diciembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.