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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Segunda Parte; Pág. 27
DELITO CONTRA LA SALUD; MODALIDADES EN RELACION CON LA PENA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Segunda Parte; Pág. 27
El número de modalidades realizadas por un determinado acusado en el delito contra la salud, tiene trascendencia para la cuantificación de la pena, pues es evidente que denota más peligrosidad quien interviene en varias operaciones, que quien lo hace en una sola, porque contribuye en mayor medida al daño y revela más alto índice de peligrosidad.
Precedentes
Amparo directo 3468/69. Amable Poot Zumárraga. 13 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen CXXI, página 21. Amparo directo 4204/66. Miguel Mata Chávez. 12 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Nota: En el Volumen CXXI, página 21, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. CONSTITUYE UN SOLO DELITO A PESAR DE QUE SE COMETAN VARIAS DE SUS MODALIDADES (LEGISLACION FEDERAL).".