Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236970
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Segunda Parte; Pág. 39
ROBO Y FALSIFICACION DOCUMENTAL. CONCURSO MATERIAL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Segunda Parte; Pág. 39
Mientras que el delito de falsificación lo es contra la fe pública, el robo afecta a las personas en su patrimonio; es cierto que la venta que haga el ladrón del objeto materia del apoderamiento no constituye por sí misma delito y si se le considera fraudulenta y se condenará por haberla llevado a cabo, se estaría recalificando la conducta, ya que la venta en cuestión no es sino parte del agotamiento del delito de robo; pero en el caso de la falsificación documentaria se trata de una conducta que afecta una esfera jurídica diversa a la patrimonial, puesto que afecta la fe pública, y el hecho de que dentro de las condiciones de punibilidad de la falsificación se comprenda un elemento subjetivo cual es el propósito de obtener un lucro, no significa que se está sancionando el agotamiento de otro delito, sino que se está exigiendo que la acción del falsario esté matizada entre otras cosas por un propósito de acrecentamiento patrimonial, independientemente de que dicho acrecentamiento se logre; por lo tanto, quedando la falsificación documentaria fuera de la secuela del agotamiento del robo, tanto por su mecánica, como por la diversidad de bienes jurídicos que afecta, puede afirmarse la presencia de ambos delitos.
Precedentes
Amparo directo 3014/69. Jesús Irungaray y coagraviado. 17 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "ROBO Y FALSIFICACION DOCUMENTARIA. CONCURSO MATERIAL.".