Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236982
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236982
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 8, Segunda Parte; Pág. 19

INTENCIONALIDAD, PRESUNCION DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 8, Segunda Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 785/69. Jesús Ortiz Quintín. 4 de agosto de 1969. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Quinta Epoca: Tomo CXXIX, página 344. Amparo directo 7208/49. 31 de julio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea Leyva. Nota: En el Tomo CXXIX, página 344, la tesis aparece bajo el rubro "IMPRUDENCIA, DELITO DE.".
Registro digital (IUS): 236982