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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236994
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Segunda Parte; Pág. 59

LENOCINIO, PRUEBA DEL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Segunda Parte; Pág. 59

Precedentes

Amparo directo 59/69. Jorge Martínez Ibarra. 7 de julio de 1969. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Informe 1956, página 58. Amparo 170/56. Elodia Martínez López. 4 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Secretario: Rubén Montes de Oca. Nota: En el Informe de 1956 la tesis aparece bajo el rubro "LENOCINIO. PRUEBA IDONEA.".
Registro digital (IUS): 236994