Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237015
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 5, Segunda Parte; Pág. 31
DEFENSA DEL HONOR COMO EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 5, Segunda Parte; Pág. 31
Para que opere la excluyente de responsabilidad relativa a la defensa del honor, es requisito indispensable que los actos que lo comprometen, sean de rigurosa actualidad y susceptibles de ser evitados, porque reconocer el derecho de causar daño por ofensas pretéritas, equivale a tanto como contrariar la norma de que nadie puede hacerse justicia por su propia mano.
Precedentes
Amparo directo 9051/68. Manuel Alcalá Romero. 8 de mayo de 1969. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.